Actuaciones Economía Circular
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CerrarDesde la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 se llevan a cabo estudios para conocer el estado presente de la Región y poder evaluar y planificar un futuro prometedor e innovador donde Castilla-La Mancha alcance la circularidad buscada.
- Análisis del comportamiento de separación de la ciudadanía
Durante el año 2021, la Dirección General de Economía Circular ha llevado a cabo un estudio que analiza el comportamiento de la ciudadanía en la separación de residuos en origen, haciendo uso de estrategias basadas en datos, entendiendo que éstas ofrecen una gran oportunidad para avanzar en el conocimiento y evitando ciertos sesgos que pueden existir con otros métodos.
- Estudios complementarios al Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha 2023/2030
Para la elaboración del Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha 2023/2030 han sido necesarios un conjunto de estudios con el fin de obtener los datos necesarios que sustenten las soluciones y actuaciones reflejas en el mismo.
- Estado de la recogida separada y tratamiento de aceite de cocina usado en Castilla-La Mancha: Este estudio referido al aceite de cocina usado versa sobre el contexto normativo en cuanto al aceite de cocina usado, los actores del sector, la generación del residuo, la gestión de la recogida separada, el tratamiento, y finalmente los elementos estratégicos para el fomento de su recogida separada. Todo ello en el contexto de Castilla-La Mancha.
- Estado de la recogida diferenciada de residuos textiles post-consumo. En este estudio se analizan, entre otros aspectos, la composición de los residuos textiles con vistas a su reutilización o reciclado; la recogida separada incluyendo las entidades implicadas; los sistemas de recogida, y el papel que las entidades de economía social pueden desarrollar conforme a la disposición adicional decimonovena de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
- Modelos de Tasa de Residuos. En este estudio se incluye una comparativa de los distintos modelos de tasas de residuos internacionales, nacionales y con referencia a Castilla-La Mancha. Además, analiza los ítems empleados para el cálculo de la tasa y las posibles bonificaciones que puedan corresponder, así como el modelo de pago por generación hacia el que nos dirigimos.
- Metodologías para estudiar la basura dispersa. Este estudio aborda el problema de la basura dispersa en la naturaleza caracterizando los residuos abandonados, su afección al medio ambiente, las metodologías de cálculo de basura dispersa, y las experiencias ya contrastadas, en aras de extraer las conclusiones más relevantes.
- Modelos de recogida de residuos en polígonos industriales. En este estudio se hace una caracterización territorial de los polígonos industriales, teniendo en cuenta la tipología, distribución y peculiaridades de los polígonos industriales en nuestra región. Se analizan los posibles modelos de recogida y los casos de éxito, y se describen las palancas de cambio necesarias para la implantación de los nuevos modelos
- Plan de gestión de residuos de construcción y demolición Castilla-La Mancha
La Consejería de Desarrollo Sostenible ha elaborado un plan de gestión de los residuos de construcción y demolición en la región, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de gestión así como de cumplimiento de normativa vigente
El plan de gestión da cumplimiento al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, RCD, constituye el instrumento normativo específico en la materia. Contempla el plan una serie de medidas para implementar por parte de las distintas administraciones involucradas como por el sector, apostando decididamente por la prevención, la reutilización, el reciclado y la valorización, mediante el desarrollo de una red adecuada de infraestructuras de gestión, así como, potenciando el mercado de subproductos obtenidos.
- Estudio inventario de Residuos Orgánicos en Castilla-La Mancha. 2019
La Dirección General de Economía Circular ha realizado un estudio-inventario de los residuos orgánicos generados en la zona de la Mancha en el año 2019 abarcando un total de 298 municipios donde la concentración de los mismos se considera de mayor incidencia, con el objeto de facilitar información a los agentes interesados en el desarrollo de proyectos de tratamiento y valorización de este tipo de residuos.
Los resultados obtenidos indican que en Castilla la Mancha se generan un total de 12,7millones de Toneladas de residuos orgánicos al año (datos 2019) en la zona de estudio siendo, los principales residuos generados, la paja de cereal seguido de los restos de poda de viñedos, los purines, los estiércoles y las aguas procedentes de bodegas.
En cuanto a las zonas más generadoras, el mayor índice lo registra Toledo con un 37,2% del total, seguido de Ciudad Real con un 26,9%, Cuenca con un 20,3% y, por último, Albacete 15,6%.
También están disponible los gráficos resumen derivados de dicho estudio.
- El Futuro de los puntos limpios. Puntos LIMPIOS VIVOS
La Dirección General de Economía Circular del gobierno de Castilla la Mancha ha percibido que es necesario un cambio en los puntos limpios; un cambio que implique a la ciudadanía que es el principal protagonista. Este cambio ha de involucrar en la acción de gestionar de manera conveniente los residuos y que ello sea vivido sin que suponga un esfuerzo sino una labor que englobe otras acciones que incentiven la Economía Circular. Con esa misión se pretenden impulsar los puntos limpios para que pasen a formar parte de nuestro día a día, para que sean parte de nuestro entorno, de nuestra forma de ver y vivir, para convertirse en PUNTOS LIMPIOS VIVOS.
- Turismo Circular
Del diagnóstico realizado en 2020 en materia de economía circular se desprendió que el sector turismo es uno de los cuatro sectores de especial interés en la región tanto por su relevancia para la sociedad y la economía como por su potencial desarrollo y contribución a los objetivos fijados para alcanzar la circularidad buscada.
A lo largo de 2021 desde la Dirección General de Economía circular se ha trabajado en el diseño de cinco proyectos de turismo circular cuyos objetivos son fomentar los principios de economía circular en un sector tan estratégico como es el turismo, desarrollar acciones de acuerdo a la Estrategia y el Plan de Acción de Economía Circular 2021-2025 y contribuir en la consecución de los objetivos establecidos en materia de economía circular en Castilla-La Mancha. Estos cinco proyectos de turismo circular abarcan las siguientes áreas de cada una de las provincias que conforman la región:
- Provincia de Cuenca: Serranía y Manchuela conquense
- Provincia de Toledo: Sierra de San Vicente y Mancha Toledana en Toledo
- Provincia de Guadalajara: Sigüenza y Molina de Aragón
- Provincia de Albacete: Sierras de Alcaraz y Segura
- Provincia de Ciudad Real: Almadén, Valle de Alcudia y Ruidera
Tras la presentación de los estudios en cada una de las cinco provincias a lo largo de este primer trimestre de 2022, se dan a conocer los resultados de los mismos pudiéndose consultar en el área de descargas.
En mayo de 2022, la orden 100/2022 de la Consejería de Desarrollo Sostenible estableció las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas, con fondos propios, destinadas a la implementación de la economía circular en el sector turístico de la región
En 2024, la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 realiza un estudio regional donde se exponen criterios, ámbitos e indicadores para impulsar la circularidad en la región así como una herramienta que mide la circularidad de los negocios de tal manera que, de forma autónoma, se puede conocer el índice de circularidad y cómo mejorarlo.
Por último, el estudio expone un conjunto de buenas prácticas con el fin de inspirar y ayudar a la implementación de la economía circular en el sector turístico de la región.
CircuLarMente se expuso en el Museo Paleontológico de Cuenca (MUPA) el 27 de noviembre de 2024.
El pasado 20 de abril se publicó la Resolución de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030, por la que se aprueba el Programa 2026, de Inspección de Traslados Transfronterizos de Residuos de Castilla-La Mancha que, en base al Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos establece, en su artículo 60, la obligación de realizar inspecciones tanto de establecimientos, empresas, agentes como de negociantes.
Publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la resolución de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030, por la que se aprueba el Programa 2026, de Inspección Medioambiental en Materia de Residuos de Castilla-La Mancha por la que se pretende, a partir de la Orden 69/2025, de 14 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, comprobar el grado de cumplimiento de la normativa medioambiental con el fin último de conseguir un nivel elevado de protección del medio ambiente de Castilla-La Mancha
La Resolución de 09/04/2026, de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030, aprueba el Programa 2026 de Inspección Medioambiental en materia de residuos.
Este Programa 2026 tiene como objetivo general conseguir un nivel elevado de protección del medio ambiente de Castilla-La Mancha mediante la organización de las inspecciones ambientales a realizar en las instalaciones y/o actividades incluidas en el alcance de la Ley 7/2022, de 8 de abril, y su normativa sectorial de aplicación, así como la comprobación del grado de cumplimiento de la normativa ambiental y los requisitos impuestos en las autorizaciones.
El Programa continúa con el desarrollo de los objetivos estratégicos del Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2025-2030. En particular, tiene como objetivos específicos:
- Determinar las instalaciones y actividades con autorización para realizar operaciones de gestión de residuos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, que han de ser inspeccionadas durante 2026.
- Determinar las instalaciones de eliminación de residuos mediante depósito en vertedero que, de acuerdo a la periodicidad mínima de 3 años marcada en el Anexo VII del RD 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, deban ser objeto de inspección durante 2026.
- Controlar las instalaciones y actividades de producción y gestión de residuos en el marco de la tramitación de su correspondiente autorización y/o comunicación administrativa.
- Actuar de manera efectiva ante las denuncias que se reciban en el área de la producción y gestión de residuos, y los accidentes o incidentes de los que se tenga conocimiento.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece dos formas de intervención administrativa para el acceso a las actividades de producción y gestión de residuos en función del tipo de figura y actuación: comunicación previa o autorización.
Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa:
- Productores
- Transportistas
- Agentes
- Negociantes
- Plataformas logísticas de distribución como consecuencia de la logística inversa
- Valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron
- Instalaciones dedicadas a investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos
Figuras/actuaciones sujetas a autorización:
Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa y autorización:
- Tratamiento de residuos con instalaciones móviles
- Valorización de residuos sin instalación: relleno
- Valorización o eliminación de residuos sin instalación: tratamiento de suelos
- Otras operaciones de valorización o eliminación de residuos sin instalación
Otros trámites:
¿Quién lo debe solicitar?
Entidades o empresas con sede social en la Comunidad de Castilla-La Mancha, que actúen por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, incluidos los negociantes que no tomen posesión física de los residuos.
Se entiende como negociantes a aquellas personas físicas y jurídicas que compran los residuos para lograr una masa crítica, cuya posterior venta para su valorización le genere beneficios.
No cabrían en este concepto actividades de gestión en las que el gestor cobra del productor una determinada cantidad para llevar a cabo la gestión de los residuos.
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación previa?
La comunicación previa como negociante de residuos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha se tramita on-line.
La primera vez que se accede, el sistema solicita crear una contraseña. Dicha contraseña será la que, a partir de entonces, se utilice para acceder a la plataforma telemática INDA, a través de la cual se puede gestionar la inscripción como negociante de residuos.
Cambios en denominación social, domicilio social o datos de contacto de las actividades registradas
Cualquier modificación asociada a la inscripción como negociante de residuos como por ejemplo un cambio de razón social, domicilio social o cambios de datos de contacto de las actividades registradas, deberá ser comunicado a esta Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 mediante solicitud genérica.
Alta/baja de residuos, aportar garantías financieras (en el caso de residuos peligrosos)
Cualquiera de las siguientes modificaciones: alta/baja de residuos, aportar garantías financieras (en el caso de residuos peligrosos), aportar la acreditación del valor positivo de los residuos, se podrá realizar mediante el acceso a INDA con el usuario (CIF/NIF con la letra en mayúscula) y contraseña y, en el apartado “Registro negociante”, “Registro de negociante” accediendo a “Modificación del registro de negociantes”.
Cese de actividad de gestión de residuos como negociante
Las entidades o empresas que actúen como negociante de residuos deberán presentar una declaración responsable ante la comunidad autónoma donde esté ubicada su sede social cuando cesen su actividad, a efectos de dar de baja la comunicación en el registro regulado en el artículo 63 de la Ley 7/2022.
Para ello, podrán acceder a INDA con el usuario y contraseña y, en el apartado “Registro negociante”, acceder a “Baja total registro de negociante”.
¿Quién lo debe solicitar?
Entidades o empresas con sede social en la Comunidad de Castilla-La Mancha que, por encargo de terceros, organizan la valorización o eliminación de residuos, incluidos los agentes que no tomen posesión física de los residuos.
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación previa?
La comunicación previa como agente de residuos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha se tramita on-line.
La primera vez que se accede, el sistema solicita crear una contraseña. Dicha contraseña será la que, a partir de entonces, se utilice para acceder a la plataforma telemática INDA, a través de la cual se puede gestionar la inscripción como agente de residuos.
Cambios en denominación social, domicilio social o datos de contacto de las actividades registradas
Cualquier modificación asociada a la inscripción como agente de residuos como por ejemplo un cambio de razón social, domicilio social o cambios de datos de contacto de las actividades registradas, deberá ser comunicado a esta Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 mediante solicitud genérica.
Alta/baja de residuos, aportar garantías financieras (en el caso de residuos peligrosos)
Cualquiera de las siguientes modificaciones: alta/baja de residuos, aportar garantías financieras (en el caso de residuos peligrosos), se podrá realizar mediante el acceso a INDA con el usuario (CIF/NIF con la letra en mayúscula) y contraseña, en el apartado “Registro agente”, “Registro de agente”, accediendo a “Modificación del registro de agentes”.
Cese de actividad de gestión de residuos como agente
Las entidades o empresas que actúen como agente de residuos deberán presentar una declaración responsable ante la comunidad autónoma donde esté ubicada su sede social cuando cesen su actividad, a efectos de dar de baja la comunicación en el registro regulado en el artículo 63 de la Ley 7/2022.
Para ello, podrán acceder a INDA con el usuario y contraseña y, en el apartado “Registro agente”, acceder a “Baja total registro de agente”.
Definición de subproducto
Según la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, una sustancia u objeto, resultante de un proceso de producción, cuya finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, puede ser considerada como subproducto, y no como residuo, si cumple las siguientes condiciones:
- Que se tenga la seguridad de que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente.
- Que la sustancia u objeto se pueda utilizar directamente sin tener que someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial habitual.
- Que la sustancia u objeto se produzca como parte integrante de un proceso de producción.
- Que el uso ulterior cumpla todos los requisitos pertinentes relativos a los productos, así como a la protección de la salud humana y del medio ambiente, sin que produzca impactos generales adversos para la salud humana o el medio ambiente.
La evaluación y aprobación, si procede, será llevada a cabo bien por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, bien por las autoridades competentes de las comunidades autónomas mediante autorización.
Órdenes ministeriales de declaración de subproductos:
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación?
En el siguiente enlace se describe el proceso detallado para realizar la comunicación de utilización de subproducto al amparo de una orden ministerial en Castilla-la Mancha.
Autorizaciones de uso de subproductos en la comunidad autónoma
Las comunidades autónomas evaluarán y autorizarán como subproductos, si procede, las sustancias u objetos que tengan origen en una instalación productora ubicada en su territorio siempre que se destinen a una actividad o proceso industrial concreto en el territorio de la propia comunidad autónoma o, cuando se destine a una actividad o proceso en el territorio de otra comunidad autónoma, previo informe favorable de la misma.
Las autorizaciones emitidas por las comunidades autónomas tendrán validez, únicamente, para el uso autorizado del subproducto en la actividad o proceso industrial de destino. Asimismo, no será posible aprobar como subproducto una sustancia u objeto que haya sido informado desfavorablemente por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, siempre y cuando no cambien las condiciones que hicieron desfavorable la resolución inicial.
¿Cómo se realiza el trámite de autorización?
La solicitud de la autorización como subproducto se deberá realizar a través de una solicitud genérica dirigida al servicio de residuos de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 de la Consejería de Desarrollo Sostenible, aportando la siguiente documentación:
- Documento de identidad de la persona representante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración.
- Documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona representante.
- Documentación acreditativa que justifique el uso posterior del subproducto, que incluya, por orden de preferencia, los contratos, precontratos o acuerdos de uso entre la empresa productora y receptora del subproducto, indicando tanto el productor y receptor del subproducto, como la cantidad anual que se estima aceptar por el receptor.
- En caso de que el número de empresas receptoras del subproducto sea superior a una, deberá aportar como anexos a esta comunicación los datos de las empresas receptoras conforme al modelo disponible en sede electrónica.
Definición de fin de condición de residuo
Según la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, determinados tipos de residuos, que hayan sido sometidos a una operación de valorización, incluido el reciclado, podrán dejar de ser considerados como tales, a los efectos de lo dispuesto en esta ley, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:
- Que las sustancias, preparados u objetos resultantes deban ser usados para finalidades específicas.
- Que exista un mercado o una demanda para dichas sustancias, preparados u objetos.
- Que las sustancias, preparados u objetos resultantes cumplan con los requisitos técnicos para las finalidades específicas, y la legislación existente y las normas aplicables a los productos.
- Que el uso de la sustancia, preparado u objeto resultante no genere impactos adversos globales para el medio ambiente o la salud humana.
La autorización de fin de condición de residuo vendrá determinada bien mediante reglamento de la Unión Europea, bien mediante orden ministerial del Estado miembro, o bien mediante autorización de la comunidad autónoma para el caso concreto de que no se encuentren establecidos sus criterios a escala de la Unión Europea o nacional.
Reglamentos europeos de fin de la condición de residuos aprobadas:
Reglamento (UE) nº 333/2011 del Consejo, de 31 de marzo de 2011 por el que se establecen criterios para determinar cuándo determinados tipos de chatarra dejan de ser residuos con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Reglamento (UE) nº 1179/2012 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012 por el que se establecen criterios para determinar cuándo el vidrio recuperado deja de ser residuo con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Reglamento (UE) nº 715/2013 de la Comisión, de 25 de julio de 2013 por el que se establecen criterios para determinar cuándo la chatarra de cobre deja de ser residuo con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Órdenes ministeriales de declaración de fin de la condición de residuos aprobadas:
Orden APM/205/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Orden APM/206/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c para su uso como combustible en buques deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Orden TED/363/2020, de 20 de abril, por la que se modifican la Orden APM/ 205/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y la Orden APM/206/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c para su uso como combustible en buques deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Orden TED/426/2020, de 8 de mayo, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el papel y cartón recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Orden TED/1522/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el caucho granulado y el polvo de caucho, obtenidos del tratamiento de neumáticos fuera de uso y destinados a ciertas aplicaciones, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Orden TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación?
Cuando la autorización del fin de condición de residuo venga determinada mediante Reglamento de la Unión Europea o una Orden Ministerial, se deberá comunicar al servicio de residuos de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 dentro de su expediente de autorización de operaciones de tratamiento de residuos.
Autorizaciones de fin de condición de residuo en la comunidad autónoma
Cuando no se hayan establecido criterios específicos a escala de la Unión Europea o a escala nacional, la comunidad autónoma podrá incluir en la autorización de gestor de residuos que un residuo valorizado en una instalación ubicada en su territorio, deja de ser residuo para que sea usado en una actividad o proceso industrial concreto ubicado en esa misma comunidad autónoma, o bien en otra comunidad autónoma previo informe favorable de esta última que se entenderá emitido si no hubiera pronunciamiento expreso en contra, justificado adecuadamente, en el plazo de un mes.
Se garantizará un elevado nivel de protección del medio ambiente y de la salud humana y se facilitará el uso prudente y racional de los recursos naturales. Para ello, la determinación reglamentaria de los criterios específicos incluirá:
- Los residuos autorizados como material de entrada para la operación de valorización.
- Los procedimientos y técnicas de tratamiento permitidos.
- Los criterios de calidad para los materiales que dejan de ser residuos tras la operación de valorización, en consonancia con las normas aplicables en materia de productos, incluyendo los valores límite para las sustancias contaminantes cuando sea necesario.
- Los requisitos de los sistemas de gestión para demostrar el cumplimiento de los criterios relativos al fin de la condición de residuo, concretamente para el control de calidad y el autoseguimiento y la acreditación, en su caso.
- El requisito de contar con una declaración de conformidad.
¿Cómo se realiza el trámite de autorización?
Cuando la autorización del fin de condición de residuo sea a nivel autonómico, se deberá solicitar en el siguiente enlace, cumplimentando el anexo XIII específico para la solicitud de fin de condición de residuo.
¿Quién lo debe solicitar?
Titulares de las instalaciones de recogida y almacenamiento de residuos, ubicadas en Castilla-La Mancha, en el ámbito de la distribución, y que exclusivamente sea punto de partida y de llegada de la logística inversa.
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación previa?
La comunicación previa como plataforma logística de distribución como consecuencia de la logística inversa en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha se tramita on-line.
Cambios en denominación social, domicilio social o datos de contacto de las actividades registradas
Cualquier modificación relacionada con el cambio de razón social, domicilio social o cambios de datos de contacto de las actividades registradas, deberá ser comunicado a esta Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 mediante solicitud genérica.
Cese de actividad de plataformas logísticas de distribución como consecuencia de la logística inversa
Las personas físicas o jurídicas titulares de plataformas logísticas de distribución como consecuencia de la logística inversa deberán presentar una declaración responsable ante la comunidad autónoma donde estén ubicadas cuando cesen su actividad, a efectos de dar de baja la comunicación en el registro regulado en el artículo 63 de la Ley 7/2022. Esta comunicación deberá realizarse mediante solicitud genérica.
¿Quién lo debe solicitar?
Las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la utilización de materiales naturales excavados (código LER 17 05 04) procedentes de obras de construcción y demolición, en las operaciones de valorización mencionadas en el artículo 2.4 de la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron, que son las siguientes:
- Otras obras de construcción, consistentes en la colmatación de zonas o de huecos de un emplazamiento con el fin de mejorar el terreno para el ejercicio de sus funciones en actividades constructivas tales como obras de urbanización u otras similares. Esta definición incluye la construcción de obras de tierra como terraplenes, rellenos portuarios y otros similares.
- Operaciones de relleno, cuyo objeto es la utilización de residuos idóneos con fines de rehabilitación del terreno afectado por las actividades de las industrias extractivas, restauración de espacios degradados, acondicionamientos de caminos o vías pecuarias.
Los artículos 34.1, 34.2 y 35 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, establecen los casos en los que existe exención del trámite de autorización. Entre ellos se encuentran las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la eliminación de sus propios residuos no peligrosos en el lugar de producción o que valoricen residuos no peligrosos, así como, en su caso, las instalaciones en las que se produzcan estas operaciones, siempre y cuando se hayan establecido normas generales, previo informe de la Comisión de Coordinación en materia de residuos y el Ministerio informará de ello a la Comisión Europea. En estos casos, la Ley establece la obligatoriedad de realizar el trámite de comunicación previa al inicio de la actividad.
Como en el caso de la valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron, se ha establecido la Orden previamente mencionada, esta actuación no estaría sujeta a autorización sino a comunicación previa al inicio de la actividad.
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación previa?
La comunicación previa al inicio de la actividad ante el órgano ambiental competente de la comunidad autónoma donde esté ubicado el emplazamiento en el que se llevará a cabo la operación de la valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron, se tramita on-line.
Las Delegaciones Provinciales de Desarrollo Sostenible, una vez revisada la comunicación de inicio, los anexos que correspondan y la documentación complementaria, remitirán escrito al titular, comunicando los datos sobre su Registro de Producción y Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha, así como el condicionado técnico que se establece para la actividad. Esta orden no se aplicará a las obras u operaciones de relleno en las que se realice alguna de las operaciones de valorización previstas en artículo 2.4 de la Orden APM 1007/2017, de 10 de octubre, y que se encuentren en ejecución en el momento de entrada en vigor de esta orden, siempre que tales operaciones finalicen en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la misma.
Cambios en denominación social, domicilio social o datos de contacto de las actividades registradas
Cualquier modificación asociada al cambio de razón social, domicilio social o cambios de datos de contacto de las actividades registradas, deberá ser comunicada a esta Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 mediante solicitud genérica.
Cese de actividad de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron
Las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la utilización de materiales naturales excavados procedentes de otras obras para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron, deberán presentar, como máximo un mes después de la finalización de las operaciones de valorización, un resumen de su actividad al órgano que recibió la comunicación (anexo II).
¿Quién lo debe solicitar?
Las instalaciones o partes de las mismas utilizadas para la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos, así como las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo dichas actividades.
¿Cómo se realiza el trámite de comunicación previa?
La comunicación previa al inicio de la actividad de las instalaciones o partes de las mismas utilizadas para la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos, así como las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo dichas actividades en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha se tramita mediante solicitud genérica.
Cambios en denominación social, domicilio social o datos de contacto de las actividades registradas
Cualquier modificación asociada al cambio de razón social, domicilio social o cambios de datos de contacto de las actividades registradas, deberá ser comunicado a esta Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 mediante solicitud genérica.
Cese de actividad de investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos
Las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos deberán presentar una declaración responsable ante la comunidad autónoma donde estén ubicadas cuando cesen su actividad, a efectos de dar de baja la comunicación en el registro regulado en el artículo 63 de la Ley 7/2022. Esta comunicación deberá realizarse mediante solicitud genérica.
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