Economía circular
Trámites: comunicaciones previas y autorizaciones
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece dos formas de intervención administrativa para el acceso a las actividades de producción y gestión de residuos en función del tipo de figura y actuación: comunicación previa o autorización.
Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa:
- Productores
- Transportistas
- Agentes
- Negociantes
- Plataformas logísticas de distribución como consecuencia de la logística inversa
- Valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron
- Instalaciones dedicadas a investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos
Figuras/actuaciones sujetas a autorización:
Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa y autorización:
- Tratamiento de residuos con instalaciones móviles
- Valorización de residuos sin instalación: relleno
- Valorización o eliminación de residuos sin instalación: tratamiento de suelos
- Otras operaciones de valorización o eliminación de residuos sin instalación
Por otra parte, existe otro trámite para la obtención de NIMA para las personas físicas o jurídicas que, no estando obligadas a inscribirse, precisen de un NIMA.